
En esta España del menudeo y del ande yo caliente y ríase la gente, todavía parece haber sectores que no tienen muy claro lo que significa el pertenecer a un grupo, da igual a lo que se dedique éste. Convivir en grupo de manera pacífica supone aceptar unas normas, para bien o para mal, por lo tanto, cuando uno decide adherirse a la susodicha comunidad, ya sabe a lo que se expone y, si no le parece bien, pues no va a tener más remedio que plantearse el abandonar e irse con la música a otra parte.
Con esto vengo a referirme a la integración de España en la Unión Europea, la cual es otra forma de agrupación y con unas normas que cumplir. Y por supuesto, entramos voluntariamente, por lo cual ahora no nos vale hacer y deshacer a nuestro antojo lo que en Bruselas se decida. Como bien dice el refranero: Hay que estar a las duras y a las maduras.
Y todo este monólogo viene como consecuencia de que en su momento, desde Bruselas, se emitió una directiva que prohibía la caza haciendo uso de liga, por ser un método nada selectivo, y del cual se hace uso en nuestro por desgracia famoso "parany" (para los que seáis de fuera se pronuncia como parañ).
La verdad es que he oído todo tipo de opiniones sobre el porqué hemos llegado a donde hemos llegado. Independientemente de que todas esas opiniones sean más o menos fundadas, lo que nos es de recibo es que se ningunee la ley como buenamente a uno le interese. Así que, como aquí somos más chulos que nadie, ha habido una serie de señores políticos, si se les puede llamar así, que por motivos varios han decidido lo dicho antes: pasarse a Bruselas y la directiva por ciertas partes de sus cuerpos y nunca mejor dicho, hacer de su capa un sayo. Luego se quejan de que nos va como nos va. Menuda cuadrilla... Una vez más: Spain is different y a los hechos me remito.
NOTA DE PRENSA DE ACCIÓ ECOLOGISTA AGRO, ECOLOGISTAS EN ACCIÓN Y GECEN.
Hoy las Cortes Valencianas han aprobado una propuesta promovida por el Grupo del Partido Popular y firmada por el síndico Ricardo Costa Climent, para la modificación de la Ley 13/2004 de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana. Han modificado los artículos 7 y 10 de dicha Ley para dar cobertura legal al método de caza conocido como Parany, en el que se utiliza la liga (pegamento) para la captura de zorzales y otras aves protegidas. Mediante estudios científicos y un futuro reglamento de desarrollo por definir, se pretende demostrar el carácter no sólo selectivo sino también no masivo del Parany.
La Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres, y la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, ambas de rango superior a la Ley 13/2004, prohíben explícitamente la caza con liga. La Directiva 79/409/CEE define la liga como un medio, instalación o método de captura o muerte masiva o no selectiva (artículo 8.1 y Anexo IVa). La Ley 42/2007 define la liga como un procedimiento para la captura o muerte de animales y modos de transporte que queda prohibido por ser masivo o no selectivo (artículo 62.3a y Anexo VIIa).
La modificación de la Ley de Caza se basa en una hipotética selectividad a posteriori que reside en el cazador, no en el método de captura, en contra de la sentencia 9 de diciembre de 2004 del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE) que declara que la caza con «parany» se basa en un método de captura no selectivo y que el hecho de que los cazadores estén obligados a limpiar y a liberar aves de especies distintas de las contempladas en el Decreto 135/2000, cuando éstas resultan atrapadas en las varetas, no tiene entidad suficiente para poner en duda el carácter no selectivo de dicho método de captura. Que el más alto tribunal sentencie que el Parany es de carácter no selectivo no es casual, sino una consecuencia lógica de que la propia captura se defina como caza en toda la legislación vigente (ver artículo 2, “Acción de cazar”, de la Ley 13/2004). Como se expone con claridad en la sentencia del TJCE, la no selectividad del Parany reside en que este método captura especies protegidas, independientemente del tratamiento posterior del cazador.
Aparte del impacto grave del Parany sobre las aves migratorias, las ONGs medioambientales consideramos que la aprobación en las Cortes Valencianas de la modificación de la Ley 13/2004 para declarar el Parany como selectivo y no masivo ha de ser recurrida por vulnerar principios jurídicos de rango superior y hacia este objetivo van dirigidos nuestros esfuerzos.
Ya en julio de este año SEO/BirdLife, en representación de otras ONG medioambientales, mandaba un escrito a los Grupos Parlamentarios solicitando que no se aprobara esta propuesta). Dado el nulo soporte legal de la modificación de la Ley 13/2004, no entendemos como diputados de las Cortes Valencianas puedan votar a favor del Parany en la votación de hoy. Quizá los diputados dejan de lado la razón al hacer cálculos electoralistas (más votos de paranyeros que de amantes de la naturaleza), además de evitar futuros procesos penales de altos cargos del Consell por tolerar el Parany, como es el caso del Director Territorial de Medio Ambiente en Castelló, Jorge Traver, imputado por prevaricación medioambiental.
Pero además, en una reunión del Ministerio de Medio Ambiente con las asociaciones medioambientales, ya hubo una declaración por parte del Ministerio de llevarlo ante el Constitucional si se aprobaba, algo que esperamos proceda.
P.D. Posteriormente a leer la noticia que venía en portada, hojas después, se comentaba que la guardia civil había pillado a un paranyer cazando fuera de veda habiéndosele incautado diferentes especies protegidas... Si es que son los más ecologistas estos chicos... ¡Ay que ver cómo me cuidan el campo!